Estatutos y Código Deontológico

Nos regimos por los Estatutos de la SEIC. Según el artículo 3º, nuestra asociación tiene como fines, entre otros,promover una concepción de la comunidad científica criminológica al servicio de la paz y el progreso social que impulse un concepto activo de esta disciplina como instrumento solidario y democrático de acción y realización de los Derechos Humanos en toda su plenitud; así como “cualquier otro fin que impulse la Criminología como instrumento útil de análisis y solución de problemas sociales”.

El Reglamento Interno de la SEIC regula partes importantes de la actividad de la sociedad referidas a la condición de socio y elección de los miembros de la Junta Directiva.

Para la consecución de los fines que promueve la SEIC , promovemos un Código Deontológico que constituye el marco de referencia que debe orientar a los investigadores en su labor en el campo de la Criminología; normas de conductas que consideramos fundamentales para el desarrollo de nuestra disciplina.